II. MARCO NORMATIVO

2.1- Antecedentes. Reforma Electoral 2014

El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma electoral, en esta se previó:

  • La Reelección de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión;
  • La Reelección de legisladores locales y de integrantes de Ayuntamientos;
  • El aumento del 2 al 3 por ciento como porcentaje mínimo requerido para la conservación del registro como partido político;
  • La garantía de la paridad de género en todas las candidaturas locales y federales;
  • Elecciones locales concurrentes con las federales;
  • Implementación de la casilla única para el desarrollo de la Jornada Electoral;
  • Se modificó la formula para la asignación del financiamiento público a los partidos políticos;
  • Se creó una autoridad nacional "INE";
  • Se estableció un nuevo mecanismo de designación de las y los integrantes de los consejos generales de cada instituto electoral estatal;
  • Se promulgaron las leyes generales de partidos políticos, de delitos electorales y de instituciones y procedimientos electorales.

 

Derivado de la reforma constitucional de 2014, con fundamento en los artículos 73 y segundo transitorio, se promulgaron nuevas leyes generales que regulan diversos aspectos de la materia electoral, mismas que fueron adicionadas y publicadas el 23 de mayo de 2014 con los siguientes nombres:

Se estructura a partir de ocho libros en los que se integran las disposiciones relativas los siguientes rubros:

  • Los derechos ciudadanos;
  • La integración de los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, de las entidades federativas y de los municipios;
  • Los organismos electorales federales y locales,
  • Los procedimientos especiales en las direcciones ejecutivas,
  • Las reglas de los procesos electorales,
  • El voto de los mexicanos residentes en el extranjero,
  • Las candidaturas independientes,
  • La propaganda electoral,
  • La fiscalización de recursos,
  • El régimen sancionador electoral y disciplinario interno respectivamente.

 

Abroga el libro segundo del COFIPE. Se estructura a partir de diez títulos en los que se integran los siguientes rubros:

  • La regulación aplicable a los partidos políticos nacionales y locales de conformidad a las disposiciones constitucionales;
  • La distribución de competencias,
  • Los derechos y obligaciones de los militantes,
  • Los lineamientos para la integración de los órganos directivos,
  • La postulación de candidatos,
  • Transparencia y fiscalización en el uso de recursos,
  • El régimen jurídico aplicable a las agrupaciones políticas nacionales,
  • Los derechos político-electorales de los ciudadanos respecto a los partidos políticos.

 

Se compone de tres títulos en los que se integran las disposiciones relativas los siguientes rubros:

  • Se establecen las disposiciones básicas que se aplican a las leyes generales, tales como: objeto y definiciones generales,
  • Formas de coordinación entre los tres niveles de gobierno para la investigación, persecución y sanción de los delitos electorales,
  • Los tipos penales en materia electoral, así como reglas comunes para su aplicación,
  • Las competencias, facultades y los mecanismos de coordinación entre la federación y las entidades federativas.