VII. RESULTADOS ELECTORALES

7.2- Resultados finales de las elecciones de diputaciones y ayuntamientos desde la perspectiva de género (IGND)

Las elecciones de diputados por el principio de mayoría relativa serán computadas y declaradas válidas por el Consejo Distrital correspondiente, el que otorgará las constancias respectivas a las fórmulas de candidatos que hubiesen obtenido mayoría de votos. 

El cómputo de las elecciones de diputados por el principio de Representación proporcional, así como la asignación de éstos, será efectuada por el Instituto Estatal Electoral.

Las elecciones de los miembros de los Ayuntamientos serán computadas y declaradas válidas por el Consejo Municipal correspondiente que otorgará la constancia de mayoría a la planilla de candidatos que la hubieren obtenido, y hará la asignación de regidores por el principio de representación proporcional.

PROCESO LOCAL ELECTORAL 2017-2018

 

Integración de la Plantilla del Ayuntamiento de La Paz
Integración de la Plantilla del Ayuntamiento de Comondú
Integración de la Plantilla del Ayuntamiento de Mulegé 
Integración de la Plantilla del Ayuntamiento de Los Cabos
Integración de la Plantilla del Ayuntamiento de Loreto 
Integración del H. Congreso del Estado de Baja California Sur