
Es atribución del Instituto Nacional Electoral la integración de las mesas directivas de casilla, entre sus integrantes se nombra al presidente de la misma.
La presidencia del Consejo Distrital del Instituto que corresponda, a través de los Capacitadores Asistentes Electorales, entregarán, dentro de los cinco días previos al anterior de la elección, a las y los Presidentes de las Mesas Directivas de Casilla, las boletas, materiales y documentos electorales, aprobados por el Consejo General y producidos por el Instituto, para el correcto funcionamiento de la casilla el día de la jornada, garantizando con ello, el derecho del ciudadano a votar.
Es este sentido, el papel que las Capacitadoras y capacitadores Asistentes Electorales Locales y las Supervisoras y Supervisores Electorales Locales resultó fundamental para la entrega de esta documentación a las presidencias de las Mesas Directivas de Casilla.











| 2017-2018
I. EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA SUR
II. MARCO NORMATIVO
III. PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN
IV. LA JORNADA ELECTORAL
V. DECLARATORIA DE VALIDEZ, CÓMPUTOS Y RESULTADOS DE LAS ELECCIONES
VI. MEDIOS DE IMPUGNACIÓN INTERPUESTOS
VII. RESULTADOS ELECTORALES
VIII. QUEJAS Y DENUNCIAS
IX. COMISIONES TEMPORALES EN EL PROCESO ELECTORAL
X. ADMINISTRACIÓN